EXTASIS
 
 
  Historia   El MDMA, tiene a sus espaldas un largo recorrido, en 1914 fue patentado en Alemania por los laboratorios Merck como supresor del apetito pero su uso quedó relegado hasta la década de los 50, época en que se rescató con fines experimentales: (interrogatorios, psicoterapias).Los primeros consumos ilegales se detectaron durante los años 60 y 70 en el oeste de EE.UU., lo que propició su prohibición en 1985 en aquel país. Desde la década pasada irrumpe en Europa con una fuerza cada vez mayor.  
 
 
  Uso terapéutico   Fue creado como un supresor del apetito aunque nunca llegó a comercializarse. En la actualidad no tiene ningún uso terapéutico, aunque en el pasado fue usado por psiquiatras, especialmente americanos, como apoyo en sus terapias.  
 
 
  Tendencias de Consumo   Veamos algunos datos sobre el consumo en nuestro país:
Ver gráfico
  • El 4,2% de los españoles de 15 a 65 años admite haber probado éxtasis alguna vez en su vida, sin embargo esta cifra se eleva al 8% en la población de jóvenes de 15 a 24 años.
  • El consumo de éxtasis ha aumentado en los últimos años, especialmente entre los jóvenes de 15 a 34 años y entre los varones.
  • El éxtasis es consumido mayoritariamente por la población joven. El 1,7% de los estudiantes de 14 a 18 años declara ser consumidor habitual.
  • Su uso se realiza principalmente en grupo, asociado a la “vida nocturna” del tiempo de ocio de fines de semana y vacaciones, presentándose conductas de mayor riesgo en estos grupos de población en relación con la conducción o en las prácticas sexuales.
  • Contrariamente a lo que se pensó en un principio, los consumidores de éxtasis consumen también otras sustancias, son básicamente policonsumidores, al igual que ocurre con la mayor parte de los consumidores de otras drogas.
  • Es significativo el aumento de la cifra de incautaciones de esta sustancia que han pasado de 187 pastillas en 1987 a las 739.511 de 1995 y 891.562 en 2000.

Fuente: Encuesta Domiciliaria sobre Consumo de Drogas en España, 2001 (población de 15 a 64 años) y Encuesta sobre Drogas a población escolar, 2002 (estudiantes de 14 a 18 años). Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
 
 
 
  Situación Legal   El Código Penal incluye a las drogas de síntesis como el éxtasis entre las “sustancias que causan grave daño a la salud”. Está perseguida su elaboración, tráfico, promoción o venta. Por lo tanto, aquellas personas que promuevan, favorezcan o faciliten su consumo o lo posean con tales fines, serán penalizados.

También será penada la conducción de un vehículo bajo sus efectos.

El consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos de éxtasis constituye una infracción administrativa grave a la seguridad ciudadana, según la Ley Orgánica 1/1992 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Es decir, no es un delito, pero sí es una infracción sujeta a sanción administrativa (multa) que puede sustituirse por un tratamiento de deshabituación adecuado.